Las diferentes actividades y formaciones de la EDT proporcionan habilidades y destrezas para la autoindagación, crecimiento y desarrollo personal. Dependiendo de la temática, abordan conceptos, encuadres y herramientas básicas para el acercamiento y la comprensión global del tema objeto del curso. Introducen y apoyan la práctica de la meditación como un valioso entrenamiento atencional, enfocado al autoconocimiento y la autonomía, desvinculado siempre de cualquier doctrina religiosa o filosófica concreta.
Son una base sobre la que el alumno puede ir construyendo y mejorando su autoconocimiento, y desarrollando una capacidad de orientación o acompañamiento a otras personas interesadas en crecer y desarrollarse. En ningún caso pretenden sustituir el diagnóstico o tratamiento de procesos psicopatológicos, que corresponde a profesionales debidamente cualificados, ni abordar procesos complejos que requieren una preparación mucho más completa y específica. Tampoco consisten en sí mismos un tratamiento terapéutico psicológico o psiquiátrico, aunque proporcionen, en ciertos casos, elementos que lo apoyan.
El
Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal ejerce su actividad en el ámbito del asesoramiento, el desarrollo personal y el entrenamiento en prácticas que promueven el autoconocimiento. En este sentido, deberá informar a sus consultantes sobre la formación que avala su ejercicio profesional.
Es responsabilidad del
Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal discernir cuándo la petición del/la consultante no se enmarca en su ámbito profesional, sino que corresponde a un especialista de la salud clínica. Ante una demanda que señala la necesidad de actuación por parte de un profesional especializado en el ámbito de la salud clínica, el
Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal tiene la obligación ética de derivar al correspondiente especialista.
En ningún caso el
Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal pretenderá sustituir el diagnóstico o tratamiento médico, psicológico o psiquiátrico que corresponde a profesionales cualificados en el ámbito clínico. El acompañamiento o asesoramiento que pueda ofrecer un
Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal no es, en sí mismo, un tratamiento psicológico, psiquiátrico ni médico, aunque proporcionen, en ciertos casos, elementos que lo puedan apoyar y complementar.
A continuación, citamos algunas demandas relacionadas con la salud que convendrá derivar a otros profesionales cualificados en el ámbito de la clínica. En cualquiera de los casos, el
Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonalno pretenderá sustituir el tratamiento psicológico, médico y/o psiquiátrico de un consultante con un proceso de desarrollo transpersonal.
- Trastornos psicopatológicos, tales como esquizofrenia, bipolaridad, trastornos de la personalidad, trastornos psicóticos, depresión, TDA-H, trastornos alimentarios, trastorno del espectro autista, etc.
- Trastornos médicos que se refieran a enfermedades físicas, tales como cáncer, diabetes, asma, enfermedades degenerativas o neurodegenerativas, etc.
El
Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal no debe utilizar la denominación de Médico, Psicólogo, Psicoterapeuta o Psiquiatra para identificar su actividad, a menos que esté colegiado y facultado para el ejercicio de dichas profesiones. El uso incorrecto de estos términos puede generar confusión en el paciente y tener consecuencias legales por intrusismo.
La autorresponsabilidad del Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal conlleva un firme y constante compromiso con su propio proceso de actualización y desarrollo, con tal de comprender y empatizar más amplia y profundamente con los procesos e inquietudes vitales de los/las consultantes.
Al mismo tiempo, el Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal se responsabiliza de los aspectos legales de su propio ejercicio profesional, es decir, se informa debidamente de los requisitos legales necesarios para ejercer su labor.
El ejercicio de la autorresponsabilidad supone una revisión y reconocimiento constantes de los propios límites, reconociéndolos cuando la situación profesional sobrepase las propias capacidades.
El Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal mantendrá un espacio seguro y confidencial en el ejercicio de su labor. Asimismo, evitará establecer un vínculo de ámbito personal con el consultante durante el proceso de acompañamiento o asesoramiento, de forma que se mantenga una perspectiva ecuánime en la labor profesional.
El Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal será respetuoso e incluyente con las creencias de los consultantes, no tratando de imponer las suyas propias. De hecho, el Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal aborda su ejercicio desde la perspectiva transcultural y transreligiosa, guiándose por el propósito nuclear de propiciar un mayor crecimiento y autoconocimiento en las personas que requieran sus servicios.
El Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal recibirá, en todos los casos, una compensación por sus servicios, de manera que su labor sea retribuida, sea cual sea la forma de pago. Será transparente en la compensación para con sus consultantes, ofreciendo esta información en el primer encuentro.