Código Ético

Para el ejercicio del Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal

Código Ético

La figura del Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal nace en un contexto sociocultural en el que el desarrollo personal y el anhelo de desplegar recursos internos comienzan a ser necesidades reales.

En tal escenario, un número creciente de personas, reconociéndose en pleno estado de salud emocional y psicológica, siente inquietudes existenciales, tales como: el sentido de la vida, la búsqueda de un pleno bienestar emocional, el desarrollo de recursos internos para afrontar obstáculos, la potenciación de cualidades y talentos personales, la vivencia de lo espiritual, el despliegue de valores profundos y la expansión de la autoconciencia.

A través de herramientas de autoconocimiento, prácticas contemplativas y de atención plena, la escucha consciente y el estado de presencia, el Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal acompaña a otras personas en procesos de desarrollo integral. Tal camino de crecimiento propicia el autodescubrimiento, al tiempo que el/la consultante se apropie de su proceso vital y despliegue una mirada amplia y profunda para los asuntos del cada día.

En su ejercicio, el Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal formado en la Escuela Española de Desarrollo Transpersonal, tiene en cuenta el siguiente código ético:

Actividades y Formaciones

Las diferentes actividades y formaciones de la EDT proporcionan habilidades y destrezas para la autoindagación, crecimiento y desarrollo personal. Dependiendo de la temática, abordan conceptos, encuadres y herramientas básicas para el acercamiento y la comprensión global del tema objeto del curso. Introducen y apoyan la práctica de la meditación como un valioso entrenamiento atencional, enfocado al autoconocimiento y la autonomía, desvinculado siempre de cualquier doctrina religiosa o filosófica concreta. Son una base sobre la que el alumno puede ir construyendo y mejorando su autoconocimiento, y desarrollando una capacidad de orientación o acompañamiento a otras personas interesadas en crecer y desarrollarse. En ningún caso pretenden sustituir el diagnóstico o tratamiento de procesos psicopatológicos, que corresponde a profesionales debidamente cualificados, ni abordar procesos complejos que requieren una preparación mucho más completa y específica. Tampoco consisten en sí mismos un tratamiento terapéutico psicológico o psiquiátrico, aunque proporcionen, en ciertos casos, elementos que lo apoyan.

1. El campo de actividad del Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal

El Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal ejerce su actividad en el ámbito del asesoramiento, el desarrollo personal y el entrenamiento en prácticas que promueven el autoconocimiento. En este sentido, deberá informar a sus consultantes sobre la formación que avala su ejercicio profesional. Es responsabilidad del Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal discernir cuándo la petición del/la consultante no se enmarca en su ámbito profesional, sino que corresponde a un especialista de la salud clínica. Ante una demanda que señala la necesidad de actuación por parte de un profesional especializado en el ámbito de la salud clínica, el Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal tiene la obligación ética de derivar al correspondiente especialista. En ningún caso el Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal pretenderá sustituir el diagnóstico o tratamiento médico, psicológico o psiquiátrico que corresponde a profesionales cualificados en el ámbito clínico. El acompañamiento o asesoramiento que pueda ofrecer un Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal no es, en sí mismo, un tratamiento psicológico, psiquiátrico ni médico, aunque proporcionen, en ciertos casos, elementos que lo puedan apoyar y complementar. A continuación, citamos algunas demandas relacionadas con la salud que convendrá derivar a otros profesionales cualificados en el ámbito de la clínica. En cualquiera de los casos, el Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonalno pretenderá sustituir el tratamiento psicológico, médico y/o psiquiátrico de un consultante con un proceso de desarrollo transpersonal.
  • Trastornos psicopatológicos, tales como esquizofrenia, bipolaridad, trastornos de la personalidad, trastornos psicóticos, depresión, TDA-H, trastornos alimentarios, trastorno del espectro autista, etc.
  • Trastornos médicos que se refieran a enfermedades físicas, tales como cáncer, diabetes, asma, enfermedades degenerativas o neurodegenerativas, etc.
El Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal no debe utilizar la denominación de Médico, Psicólogo, Psicoterapeuta o Psiquiatra para identificar su actividad, a menos que esté colegiado y facultado para el ejercicio de dichas profesiones. El uso incorrecto de estos términos puede generar confusión en el paciente y tener consecuencias legales por intrusismo.

2. El ejercicio de la autorresponsabilidad

La autorresponsabilidad del Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal conlleva un firme y constante compromiso con su propio proceso de actualización y desarrollo, con tal de comprender y empatizar más amplia y profundamente con los procesos e inquietudes vitales de los/las consultantes. Al mismo tiempo, el Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal se responsabiliza de los aspectos legales de su propio ejercicio profesional, es decir, se informa debidamente de los requisitos legales necesarios para ejercer su labor. El ejercicio de la autorresponsabilidad supone una revisión y reconocimiento constantes de los propios límites, reconociéndolos cuando la situación profesional sobrepase las propias capacidades.

3. La generación de un espacio seguro y de confidencialidad

El Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal mantendrá un espacio seguro y confidencial en el ejercicio de su labor. Asimismo, evitará establecer un vínculo de ámbito personal con el consultante durante el proceso de acompañamiento o asesoramiento, de forma que se mantenga una perspectiva ecuánime en la labor profesional.

4. La actitud respetuosa e inclusiva como pilar del acompañamiento transpersonal

El Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal será respetuoso e incluyente con las creencias de los consultantes, no tratando de imponer las suyas propias. De hecho, el Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal aborda su ejercicio desde la perspectiva transcultural y transreligiosa, guiándose por el propósito nuclear de propiciar un mayor crecimiento y autoconocimiento en las personas que requieran sus servicios. 

5. Dignificar la propia labor

El Terapeuta / Consultor / Educador Transpersonal recibirá, en todos los casos, una compensación por sus servicios, de manera que su labor sea retribuida, sea cual sea la forma de pago. Será transparente en la compensación para con sus consultantes, ofreciendo esta información en el primer encuentro.